lunes, 28 de febrero de 2011

Bitácora Informática Jurídica

Tercera Seción  22 de febrero

En nuestra tercera clase de Informática Jurídica el docente nos realizó un nuevo examen para evaluar la lectura de las diapositivas Software, tarea que asignó la case anterior. A continuación cada estudiante realizó un comentario sobre el ejercicio del ensayo y observamos un video de la entrevista realizada al creador del Software libre que fue colgado en el blog del grupo. Finalmente y ante la imposibilidad de utilizar los ordenadores por una falla en el suministro de energía electrica el docente aprovecho para dirigir un conversatorio a cerca de los ensayos sobre el Paradigma de la Propiedad Intelectual de Richard Stallman. Finalmente el docente nos comentó que el tema para la próxima clase es la "Seguridad Informática"

lunes, 21 de febrero de 2011

Ensayo

La Academia y el Desarrollo del Software Libre

Ley 1273 de 2009

En Colombia los delitos informáticos estan regulados por el Código Penal que fue modificado a través de la ley 1273 de 2009, éste crea unnuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.
Si quieres conocer esta ley, descárgala aquí.

Delitos Informáticos

Los delitos Informáticos son un tema de interés en nuestra materia, por esta razón es necesario realizar un análisis de la regulación que reciben los mismos tanto en Colombia como nuestros países vecinos.

En Brasil el uso ilícito del ordenador define una nueva forma de los crímenes contra el orden económico y las relaciones de consumo estipulada por la ley 8137 de 1990, dentro del programa para fraude fiscal que sanciona la creación, utilización o divulgación del Software que permita adquirir información contable diversa que es, por ley, proporcionada a la Hacienda Pública, otorgando sanciones que van desde la detención de seis meses a dos años y multa. Por su parte, Paraguay protege el secreto de empresa en su código pernal de 1997, en el Cap. VII, Hechos punibles contra el ámbito de la vida y la intimidad de la persona”, en el artículo 147 “Revelación de un secreto de carácter privado" y otorga una pena de hasta un año de carcel y multa. Mientras Argentina impone una sanción de dos a seis años a quien infrinja el delito de alteración dolosa de registros fiscales, en referencia al registro o soporte informático consagrada en la ley Penal Tributaria y Previsional de 1997. Y en Colombia la regulación de los delitos informáticos está determinada por la ley 1273 del 2009 que modifica el código penal, ésta no solo creó nuevos tipos penales relacionados con delitos sino que además regula la protección de la información y los datos,otorgando penas de hasta 120 meses de prisión y multas de hasta 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

domingo, 20 de febrero de 2011

Bitácora Informática Jurídica

Segunda Seción  15 de febrero

En nuestra segunda clase de Informática Jurídica el docente nos realizó un pequeño examen para evaluar que tanto conocíamos el contenido programático del curso, posteriormente dirigió una exposición general de las primeras diapositivas del blog de Informática Jurídica llamadas Software. También nos instruyó acerca del manejo del blog, a utilizar una pizarra dijital y comentamos las noticias publicadas por el docente en el blog del grupo.

Tareas

1. Realizar tres nuevas entradas al blog.
2. Leer y estudiar las diapositivas Software.
3. Investigar como es la legislación que regula los delitos informáticos en Colombia y en otro país.
4. Escribir  "un mal ensayo" en formato Pdf sobre el Paradigma de la Propiedad Intelectual de Richard Stallman y enviarlo al docente a mas tardar el lunes.

sábado, 12 de febrero de 2011

Delincuencia Juvenil

Por estos días el país se enfrenta ante una grave crisis de seguridad debido al aumento de la delincuencia ejercida por menores de edad. Esta situación no solo ha alarmado a las autoridades sino que a demás ha puesto en duda la eficacia del código del menor para establecer un control ante esta problemática. Las edades promedio de los menores delincuentes más buscados en Colombia oscilan entre los 13 y 16 años de edad, con historiales delictivos que van desde hurto agravado, extorsión, homicidio, porte ilegal de armas y delitos sexuales entre otros.
La conducta delictiva de los menores involucrados en esta clase de delitos puede deberse a diversos factores, sociales, culturales, económicos y familiares. En el mayor número de los casos la baja calidad de vida y la pobreza son unos de los detonantes más comunes. la violencia en estos jóvenes tambien viene ligada a la descomposición familiar, el abuso y el abandono, otro origen de las conductas violentas se encuentra el consumo de sustancias psicoactivas y en el nivel de desocupación de nuestros jóvenes.
En las ciudades grandes del país como Bogotá, Medellín y Cali el efecto de delincuencia juvenil ha sido tal que se han redoblado los controles de la policía en aras de mantener el orden y retomar el control de algunos barrios que han sido prácticamente aislados y dominados por bandas juveniles, mientras que en ciudades pequeñas como la nuestra el fenómeno parece ir tomando cada vez más fuerza.
Es indudable que este problema social tiene un trasfondo mucho más amplio de lo que parece y la legislación colombiana también contribuye al aumento de nuevos casos de delincuencia juvenil ya que en Colombia los delitos no son impugnables a los menores, dando como resultado sanciones poco drásticas en delitos como hurto agravado, extorsión, homicidio, porte ilegal de armas, narcotráfico y terrorismo.
Muchas veces las sanciones establecidas a estos menores consisten en ser internados en centros de reclusión especializados o no, donde reciben asistencia psicológica y familiar, sin embargo son periodos relativamente cortos ante la clase de delitos cometidos, donde el trabajo psicopedagógico no logra reorientarlos hacia una convivencia social sana y pacífica, de modo que al terminar su sentencia retoman el camino de la violencia.
Pareciera que la única salida es aumentar el nivel de severidad de las sanciones a los menores, sin embargo, considero que esta situación requiere una solución más compleja, pues el país necesita adoptar cuanto antes políticas sociales acordes a las necesidades de los más pobres y marginados y así lograr bajar el nivel de los factores que generan la violencia en nuestros jóvenes.
¡Bienvenido!
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